Periódicamente,
al hilo de algunas noticias que los medios de comunicación traen a la
actualidad, reaparece el tema de las “Privatizaciones sanitarias”, un asunto que siempre resulta controvertido, discutible y polémico, no solo en España, sino
en muchos otros lugares, como lo demuestra la siguiente publicación: “Privatizando Europa. La crisis como tapadera para consolidar el neoliberalismo”, del Transnational Institute of Policy Studies. El caso más reciente en
nuestro país es la intención del Gobierno regional de Castilla-La Mancha de
privatizar buena parte de la gestión del nuevo hospital de Toledo mediante un contrato de concesión de
obra pública para la construcción, conservación y explotación del mismo por un
periodo de treinta años. La licitación del contrato ya ha sido objeto de un recurso especial ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, dependiente
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Hace
un par de meses Gaceta Sanitaria publicaba
el Informe SESPAS 2014. Uno
de los artículos del Informe llevaba como significativo título: “La privatización de la gestión sanitaria: efecto secundario de la crisis y síntoma de mal gobierno” (F.I. Sánchez-Martínez et
al. Gac Sanit. 2014;28(S1):75–80). Lo
primero que se destaca en el texto es que, aunque muchas de las recientes
medidas adoptadas en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (SNS) se han
justificado con argumentos de eficiencia
(es decir, la obtención de los mismos o mejores resultados a un menor coste),
existen motivos más que fundados para dudar de que detrás exista realmente un proceso
meditado de evaluación.
En
un corto periodo de tiempo, una buena parte de los mensajes políticos de los
gobernantes han pasado de un discurso acrítico y laudatorio sobre las bondades
del SNS, a una inmisericorde sucesión de mensajes catastrofistas que dibujan un
escenario de despilfarro generalizado, profesionales desmotivados que persiguen
su propio interés, ciudadanos egoístas que utilizan inadecuadamente los
servicios sanitarios y, en consecuencia, un sistema sanitario público financieramente
insostenible.
Como
es sabido, uno de los ámbitos en que de forma recurrente se invoca el objetivo de
mejorar la eficiencia es el de la
gestión de los centros sanitarios públicos. Con (demasiada) frecuencia, y sin
aportar evidencias o pruebas concluyentes, se afirma que la gestión pública es rígida
y poco flexible, lo que provoca inevitables disfunciones y redunda en un gasto
superfluo. A partir de estas premisas se aboga por la necesidad de introducir elementos privatizadores en la gestión de los servicios sanitarios. Quienes defienden este camino
encuentran en la difícil situación presupuestaria de las administraciones
públicas el marco perfecto para elevar sus argumentos a la categoría de verdad científica.
Al mismo tiempo, los responsables políticos, presionados por la necesidad de
cumplir con los objetivos de déficit establecidos en las políticas de
austeridad, ven en las fórmulas de privatización un mecanismo mediante el cual pueden
aliviar unos maltrechos presupuestos públicos.
Evidentemente,
el término «privatización» engloba fórmulas de gestión muy diferentes. Para ser
precisos, conviene distinguir entre privatización formal, funcional y material.
La privatización formal consistiría
en la gestión de los servicios sanitarios por parte de las administraciones
públicas (gestión directa) a través de entidades de titularidad pública
sometidas al derecho privado (consorcios, fundaciones, etc.). La privatización funcional implica, por el
contrario, la gestión indirecta de los servicios públicos mediante su
contratación con entidades privadas, con o sin ánimo de lucro. Finalmente, la privatización material supone la
transferencia plena al sector privado de la competencia en la prestación de los
servicios, de manera que el aseguramiento y la provisión de la asistencia
sanitaria pasarían a manos de compañías privadas.
El
supuesto de partida en que se basan las estrategias privatizadoras es que
resulta posible mejorar la eficiencia en la gestión de los servicios sanitarios
incorporando al sistema público elementos propios del mercado. Por un lado, la gestión
empresarial orientada hacia la medición, la evaluación de objetivos y la
obtención de resultados, la atribución de responsabilidades y la gestión
profesional, con una visión “gerencialista”. Por otra parte, la competencia
entre proveedores y la transferencia de riesgos en la gestión, lo que exige la
separación efectiva de las funciones de compra y prestación de los servicios.
Finalmente, la sujeción de la actividad de las entidades encargadas de la
prestación de los servicios al derecho privado, tanto en lo que se refiere a la
compra de bienes y contratación de servicios como por en lo que respecta al
régimen laboral de su personal, lo que teóricamente permitiría una mayor
flexibilidad y disponibilidad en la gestión de recursos humanos.
El
debate actual se centra en algunas modalidades de gestión indirecta de los
servicios sanitarios que se basan en un contrato entre la Administración Pública
(que interviene como financiador) y un proveedor(es) privado(s) con ánimo de
lucro, en virtud del cual tiene lugar una gestión común de los recursos y un
cierto grado de reparto de los riesgos vinculados a la actividad, y que se
engloban bajo la denominación genérica de «colaboraciones público-privadas» (CPP). Dentro de esta categoría pueden distinguirse dos modelos: el de concesión
de obra pública o PFI según sus siglas en inglés (Private Finance Initiatives), y el de concesión administrativa para
la gestión integral del servicio público, el denominado «modelo Alzira» (por ser éste el primer lugar en que se utilizó dicha fórmula). El primer tipo se
limita a la construcción de una infraestructura sanitaria por parte de la
entidad concesionaria a cambio de la gestión de los servicios no asistenciales
(hostelería y restauración, limpieza, lavandería, seguridad, mantenimiento, locales
comerciales, parking, etc.) durante un determinado periodo de tiempo, mediante
el abono por parte de la Administración Pública de una cantidad pactada o canon regulador (este es el caso del
hospital de Toledo). En el segundo tipo la concesión alcanza también la
prestación de los servicios clínicos y de asistencia sanitaria a la población
adscrita al área correspondiente.
Sin
embargo, como señalan los autores del artículo, el excesivo empeño en apuntar a
la privatización de la gestión como elemento central y piedra angular para la
mejora de la eficiencia del sistema
sanitario no sólo no está avalado por datos nacionales ni internacionales, sino
que desvía la atención de otras reformas que serían necesarias y que aparecen recurrentemente
aplazadas. Lo cierto es que la experiencia del Reino Unido y de algunas CCAA, como
Madrid, demuestra que las PFI multiplican los costes reales (hasta siete veces)
y permite a las administraciones ocultar el endeudamiento ya que EUROSTAT no lo
computa como tal.
En
el campo de la gestión indirecta de los servicios sanitarios en España cabe
destacar la ausencia de evaluaciones independientes que contrasten y comparen el
desempeño de estas distintas formas de gestión. Para valorar las distintas
fórmulas o modalidades existentes es oportuno revisar la experiencia acumulada
en otros lugares, particularmente en el Reino Unido, donde las CPP (sobre todo el modelo PFI) tienen una cierta tradición desde hace
dos o tres décadas. Una primera conclusión importante de la experiencia
británica es que, como se ha dicho, estas formas de CPP pueden entrañar un
coste global superior al que resultaría de recurrir al endeudamiento público,
debido a los mayores costes financieros a los que se enfrentan los
concesionarios privados (empresas) y al margen de beneficio de éstos. Los
mayores costes se asocian, en ocasiones, a una menor calidad y flexibilidad.
Otro problema relevante identificado en los informes existentes es la ausencia
real de transferencia de riesgos al sector privado. Esta ausencia ha
desembocado en no pocas operaciones de «rescate» financiero de las concesiones
británicas; prácticas que también han ocurrido en España, no sólo en hospitales
modelo PFI (en 2010 en la Comunidad de Madrid), sino también en el primer
experimento de gestión integral mediante concesión realizado en Alzira, que
hubo de ser rescatado por la Generalitat Valenciana.
(Continuará…)
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