Pelotazo. coloq. Operación
económica que produce una gran ganancia fácil y rápida.
(DRAE. 23ª edición)
Tiende uno a pensar que su
capacidad de asombro es limitada y que pocas cosas pueden ya sorprendernos a
estas alturas. Craso error: la actualidad siempre acaba por superarse a sí
misma y la realidad suele ser más llamativa que la más disparatada de las
ficciones...
El nuevo Hospital de Toledo continúa siendo noticia. Finalizado hace unas semanas el plazo de presentación
de ofertas para terminar su construcción, y con un presupuesto inicial de
licitación de 1.947.055.346,56 €, la
única propuesta presentada ha sido la de una Unión Temporal de Empresas (UTE)
constituida por las compañías Acciona, OHL y Desarrollo de Concesiones Viarias
Dos S.L. (ACS). De este modo, si se cumplen las previsiones, el contrato se
adjudicará a este único licitador, sea cual sea la propuesta económica
presentada, al no haber ninguna otra oferta en competencia.
Intentaremos explicar, de la
manera más sencilla posible, cómo está pensada esta operación, que constituye
lo que ya ha sido calificado como un auténtico “pelotazo” sanitario. Si a pesar de
todo les resulta excesivamente técnico o tedioso, pueden limitarse a leer las
conclusiones y las cantidades totales (teniendo en cuenta que todas las cifras
van sin IVA).
En vez de terminar la obra directamente por la Junta de
Comunidades (JCCM), el modelo elegido, a través de una fórmula de “colaboración público-privada” o PFI, consiste en adjudicar mediante concesión a estas empresas la terminación de la
obra del hospital, el suministro de determinado mobiliario clínico y no clínico
así como la ejecución de determinadas obras complementarias, como por ejemplo una
subestación eléctrica. También deben hacerse cargo del mantenimiento básico de
la infraestructura durante el período concesional (nada menos que 30 años), de
la gestión de los servicios no clínicos del Complejo Hospitalario de Toledo (que
incluye el
Hospital Virgen del Valle, el Hospital Provincial de Toledo,
el CEDT de San Ildefonso (Toledo), el CEDT de Illescas, el CEDT
de Torrijos y el CEDT de Ocaña) durante el mismo período y la gestión de las
explotaciones comerciales en el nuevo Hospital de Toledo.
Según establece el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), a cambio de estas actuaciones los agentes privados obtendrán tres tipos
de ingresos:
1. Un canon fijo anual de 10.748.815 €/año
(valor 2015), en concepto de puesta a
disposición de las obras y equipamiento, y su actualización en el período
concesional. Se calculará en función de los costes de inversión y equipamiento
inicial y los costes de reposición a lo largo del período concesional.
2. Un
canon
variable anual de 39.500.000 €/año (valor 2015), por la suma de los precios ofertados anuales para los
servicios no clínicos incluidos en la concesión.
3.
Los ingresos derivados de las explotaciones
comerciales, que se estiman en un 8% respecto de la cuantía de los dos
anteriores.
El cuadro siguiente muestra los conceptos económicos a los
que habría que hacer frente según uno u otro modelo:
Por tanto, de acuerdo con ello, la diferencia entre una fórmula y otra es
que el modelo de concesión elegido será en total 559.651.862,07 € más
caro que el modelo de gestión directa por la JCCM.
A)
Explicación de los importes de la operación si fuera gestionada por la JCCM.
1. La finalización de la obra y
determinados gastos asociados a la misma se han estimado en el PCAP en 227.226.540
€. Para simplificar se ha supuesto que este gasto habría de realizarse en
cualquier caso, con independencia del modelo de gestión elegido, (si bien ello
no es del todo cierto, ya que hay gastos de intereses y comisiones que
la Junta no tendría que pagar).
2. La inversión de reposición, es decir
las inversiones a realizar para el mantenimiento adecuado de las
infraestructuras, se han estimado en un total de 79.864.528,10 € al final del periodo.
También se trataría de un gasto que habría que realizar de cualquier modo,
con independencia del modelo de gestión.
3. En relación al gasto de los servicios no
clínicos, hay que diferenciar dos magnitudes en función de quien lo
gestione, dado que en el PCAP se introducen unos gastos generales, por importe
del 8%, en los que incurriría el concesionario, pero no la Junta. De esta manera,
- Si los
servicios son gestionados por la JCCM el coste de dichos servicios sería de 895.043.068
€.
- Si los
servicios son gestionados por el concesionario el coste sería de 972.872.900€.
- En
consecuencia, la diferencia es de 77.829.832 €.
Por tanto, una primera conclusión es que
la gestión de los servicios no clínicos resulta más cara (en un 8%) si
la realiza un tercero ajeno a la administración porque carece de la necesaria
infraestructura administrativa de gestión y control, que tendrían que crear,
que denominan Gastos Generales y se cuantifica en un 8%. (Para no perder la
perspectiva, conviene recordar que supone la nada despreciable cantidad de
12.950 millones de las antiguas pesetas).
A lo anterior hay que añadir la infraestructura administrativa que
se tiene planteado crear. Resulta cuando menos llamativo y curioso que
precisamente quienes defienden la teórica eficacia y eficiencia de lo privado
frente a la supuesta burocracia de lo público, han diseñado un sistema de
funcionamiento con los siguientes órganos interpuestos entre la Administración
y el Concesionario:
-
Oficina
de Seguimiento de la concesión(OSC)
-
Comisión
Mixta de Seguimiento (CMS)
-
Oficina
Técnica de Construcción en obra (OTCO)
-
Oficina
de Atención y Operaciones (OAO)
-
Oficina
de Control Integral de Proyecto y Obra (OCIP)
4. Intereses
de deuda pública. Con objeto de ser
rigurosos, en el modelo se ha supuesto que, en caso de que la obra fuera
finalizada por la JCCM, ésta tendría que acudir a alguna fórmula especial de
financiación para hacer frente al gasto extraordinario que la obra supone
respecto al total del Presupuesto de la Junta. De hecho, así estaba previsto en
el modelo inicial a través de los préstamos aprobados por el BEI (Banco Europeo de Inversiones) y el BBVA.
Se ha previsto a este respecto, al igual que para el modelo de concesión, un “apalancamiento
financiero” del 70% (lo que significa que del total de necesidades
financieras el 70% se financiaría vía préstamo y el resto con recursos propios.
Este 70% se aplicaría sobre las necesidades iniciales de 227.226.540 € respecto a las necesidades de financiación.
En este sentido, los parámetros utilizados para calcular los intereses han
sido:
- Importe a financiar: 159.058.578 (70% de
227.226.540)
- Tipo de interés: 2,63% (tipo de interés alcanzado
en la emisión de bonos de junio de 2014).
- Plazo: 30 años.
De acuerdo con lo anterior, la carga financiera por intereses de esta
financiación ascendería en el período a algo más de 120 millones de euros.
5.
Finalmente,
de ser gestionado por la Junta, los costes anteriores habría que reducirlos en
los ingresos que obtendría por las explotaciones comerciales, tal como también
estaba previsto en el modelo inicial. En este sentido, los ingresos estimados
por este concepto ascienden a 139,4 millones de euros (según los cálculos
contenidos en la información económico-financiera orientativa para los licitadores
del PCAP).
6.
De
acuerdo con las cifras anteriores, si este modelo de gestión fuera realizado
por la Junta, el coste en el que se incurriría sería de 1.182 millones de euros.
B) Explicación del importe de la operación si fuera
gestionada a través de un concesionario privado.
De realizarse a través de una concesión, la Junta se
compromete a pagar durante el periodo concesional un total de 1.742 millones de euros, según el
detalle siguiente:
(Con respecto a las explotaciones
comerciales, hay que señalar que el PCAP prevé que el concesionario pague al
menos el 5% de la facturación por explotaciones comerciales al SESCAM en
concepto de uso y disfrute de la obra pública).
(Continuará…)
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